Tribunales

El futbolista Marcos Alonso no irá a prisión por homicidio imprudente

Se le ha impuesto una multa y tres años y cuatro meses de privación del permiso de conducir

Fotografía del Ayuntamiento de Madrid que muestra el estado en el que quedó el coche conducido por el futbolista
Fotografía del Ayuntamiento de Madrid que muestra el estado en el que quedó el coche conducido por el futbolistalarazon

Han transcurrido cuatro años y ocho meses desde aquella madrugada del 2 de mayo de 2011 en la que a las 07:15 de la mañana el futbolista Marcos Alonso Mendoza tuvo el accidente de tráfico por el que murió una universitaria de 19 años que iba con él y con otras tres personas más en su vehículo. Unos hechos por los que el deportista se enfrentaba a hasta cuatro años de prisión por tres delitos: homicidio imprudente en concurso, conducción temeraria por superar la velocidad de circulación (iba a 112,8 km/h en el momento del accidente, superando notoriamente los 50 km/h) y otro delito contra la seguridad vial por superar la tasa de alcohol (0,45 mgs de alcohol por litro aspirado y 0,93 gramos de alcohol etílico por litro de sangre). Y, sin embargo, el ahora futbolista de Fiorentina, un equipo de Florencia con el que acaba de firmar por otros cinco años más, no pisará la cárcel, según pudo saber LA RAZÓN. En concreto, el Juzgado de lo Penal número de 8 de Madrid ha fallado “in voce” una sentencia de conformidad por la que se le impone al jugador una multa y tres años, cuatro meses y un día de privación del permiso de conducir. Un extremo que fue confirmado por su propio abogado Luis Romero, del bufete Luis Romero & Asociados.Romero, el mismo letrado que ejerció la acusación particular contra Ortega Cano representando a la familia de Carlos Parra, consiguió llegar a un acuerdo con la fiscal y con la acusación y la decisión “es firme porque todas las partes dijeron que no iban a recurrir”, aseveró ayer el socio director del citado bufete a este periódico.

Se enfrentaba a hasta cuatro años de prisión que a posteriori se rebajó a un año y nueve meses y un día de cárcel y que finalmente se ha cambiado la pena de cárcel por pena de multa, aunque en este caso la multa es el doble que la de prisión, es decir en vez de 21 meses, 42 por 50 euros al día, 61.000 euros que se va a abonar la próxima semana. Además, la acusación renunció a la condena en costas, es decir al pago de sus honorarios por parte del futbolista que hubieran sido unos 100.000 euros. Esta rebaja de la pena se debe en gran medida a que el cliente de Romero decidió pagar a los padres y a los hermanos de la víctima voluntariamente 200.000 euros por el daño moral causado, lo que en estos casos sirve de atenuante. A esta cuantía abonada hace unos meses, hay que sumar que posteriormente las partes acordaron otros 300.000 euros. En total, el futbolista ha dado medio millón de euros, una cuantía que se suma a los 109.000 euros que pagó Mutua Madrileña a la familia por responsabilidad civil. Pero no es sólo una cuestión económica, el futbolista en ningún momento negó ninguno de los tres delitos que se le acusaban, reconociendo en todo momento los hechos. Lo que le diferencia con otros casos, como el del torero Ortega Cano.

Además de tener en cuenta el atenuante por reparación del daño, también se han apreciado como tal las dilaciones indebidas por el retraso del procedimiento judicial, ya que el caso estuvo en el Juzgado de Instrucción de Plaza de Castilla unos cuatro años, cuando lo normal es que se tarde uno o un año y medio.

En cuanto a la privación del permiso de conducir, como lo tenía suspendido desde el accidente, lo cierto es que ya ha transcurrido más que el tiempo impuesto, por lo que el futbolista podría volver a conducir en cualquier momento siempre que antes vuelva a sacarse el carnet. “El día del siniestro dio positivo, pero los agentes de la Unidad Canina de la Policía Local que fueron los primeros en acudir al ver que salía humo del vehículo afirmaron que mi cliente no se tambaleaba y que a priori no parecía que fuera ebrio al no tener síntomas”, precisa Romero, que es a su vez el presidente de la Asociación Española de Abogados Penalistas. .

Los hechos ocurrieron el 2 de mayo de 2011 en la calle Sinesio Delgado, a la altura de la confluencia de ésta con la vía Ribadavia en sentido hacia Plaza Castilla, en el centro de Madrid. Estaban de vuelta tras haber salido. Venían de la discoteca Buda (en la carretera de La Coruña) con dos amigos, la fallecida y una amiga de la joven en el vehículo. Esa noche llovía y, según su abogado, su cliente hizo aquaplaning. Eso, unido al exceso de velocidad y el alcohol, hizo que el futbolista perdiera el control de su vehículo. Segundos después colisionaba su BMW contra un muro de baja altura situado a la entrada de un parking subterráneo privado, después de que Marcos Alonso perdiera el control del vehículo y éste volcara. Tras el siniestro, la joven de 19 años fallecía al instante por un traumatismo creaneoencefálico. El resto de los ocupantes presentaban heridas de carácter leve. La duda es si la joven llevaba o no puesto el cinturón de seguridad, ya que, según los amigos del futbolista, no lo llevaba.