Finanzas
MiFID II, más proteccion para el pequeño inversor
La nueva directiva, que entrará en vigor el próximo 3 de enero, obliga a un asesoramiento profesional y elimina los incentivos comerciales.
El próximo 3 de enero comienza la aplicación de un nuevo marco regulatorio sobre mercados e instrumentos financieros basados en las directiva MiFID II ( (Markets in Financial Instruments Directive), y en el reformado reglamento MiFIR ( (Markets in Financial Instruments Regulation). Se trata de una nueva vuelta de tuerca a la Directiva 2014/65/ EU (MiFID), cuyo objetivo es reforzar la protección al inversor, aumentando la transparencia en la comercialización productos financieros y de inversión. La creación de la figura de un asesor profesional y la eliminación de los incentivos son algunas de las novedades que introduce la nueva directiva, con las que se pretende garantizar que los intereses del cliente estén por encima de los comerciales de las redes de distribución y gestoras.
Y es que la crisis ha dejado al descubierto importantes carencias, malas prácticas e, incluso, abusos, que han tenido como protagonista al pequeño inversor. Así, gracias a la revisión de MiFID, la «letra pequeña» de los contratos ya no lo será tanto. Antes de la rúbrica, el cliente deberá ser detalladamente informado por un asesor acreditado de los «pros» y «contras» e, incluso, de los diferentes escenarios a los que se puede enfrentar en caso de que las condiciones del mercado varíen. De esta manera, Bruselas pretende evitar que se repitan situaciones como incorrecta comercialización de participaciones preferentes, un producto cuyo volumen ascendió en 2012 hasta 42.622 millones de euros, y que fue ofrecido como un vehículo de renta fija sin tomar en consideración gran parte de su riesgo, cuando la propia Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) lo definió como «instrumentos complejos, híbridos y de riesgo elevado, pues pueden generar rentabilidad, pero también pérdidas en el capital invertido».
Productos complejos
«La creciente complejidad de los productos y servicios de inversión, la continua innovación en su diseño y las malas prácticas de distribución de los mismos y, por tanto, el incremento de la litigiosidad derivada de su comercialización han puesto de manifiesto la necesidad de revisar la relación de la industria de inversión con los inversores», afirma Jesús H. Sarria, experto del Departamento de Análisis del Instituto de Estudios Bursátiles (IEB), para justificar la necesidad de la nueva normativa.
Para evitar conflictos de intereses, como sucede hasta ahora, una de las patas sobre la que descansa la nueva directiva es la prohibición de los incentivos, es decir, de todos aquellos honorarios, comisiones y beneficios monetarios o no monetarios pagados o percibidos por la empresa de servicios de inversión. No obstante, sí se permite cobrar directamente unos honorarios al cliente por asesoramiento superior, del cual deberá estar puntual y detalladamente informado.
En este sentido, MiFID II distingue entre dos modelos de asesoramiento: independiente y no independiente (este último es el que adoptará la gran parte de la banca). En el primer casos, sólo tendrá cobro explícito por el cliente. En el segundo, los incentivos no son aceptables en caso de que la prestación del asesoramiento se vea sesgada o distorsionada por los mismos. Sin embargo, sí se aceptarán en el caso de que se brinde un acceso a una amplia gama de productos de terceros que no tengan relación con el distribuidor; se lleve a cabo una evaluación anual de idoneidad y se establezca una propuesta óptima de asignación de activos a unos precios de mercado. De esta manera, se prohíben las retrocesiones –la comisiones de intermediación que percibe la entidades financieras por parte de la sociedad gestora, y que se repercuten al cliente–. Éstas constituyen, a día de hoy, la mayor fuente de ingresos por la gestión de carteras de terceros. Según cifras de IEB, elaboradas a partir de datos de la CNMV, los distribuidores tienen una alta dependencia de las retrocesiones. En 2015, las comisiones de comercialización que abonaron las Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva (SGIIC) a los distribuidores ascendieron de media al 63,6% del total de las comisiones que ingresaron en concepto de gestión. Estas comisiones se ha incrementado en los últimos años hasta alcanzar un 0,90% en 2015.
En España, la red bancaria sigue siendo predominante en el negocio de asesoramiento financiero. De hecho, aglutina el 90% de las distribución total. En este sentido, Sarria apunta a que el modelo de negocio de las redes comerciales será uno de los elementos que sufrirá importantes cambios en los próximos años a nivel europeo. «Las redes comerciales tendrán que ser capaces de demostrar que elevan la calidad de los servicios a los inversores para poder, por ejemplo, cobrar remuneraciones de terceros y no sólo del cliente, de tal forma que se puede minimizar la pérdida de ingresos por retrocesiones. Bajo la nueva normativa, las redes comerciales tendrían que afrontar diversos retos, sin embargo, en España, el modelo de distribución de instrumentos financieros (principalmente fondos de inversión) está en manos de los bancos bajo un tipo de arquitectura cerrada, lo cual no variará notablemente y prevalecerá dicho modelo en el corto y medio plazo. Las presiones podrán surgir en la medida que nuevos ‘‘players’’ como los RoboAdvisor o los conocidos Supermercados de Fondos ganen cuota de mercado en base a una mejora de la relación coste/rentabilidad respecto a la banca», expone el experto de IEB.
Bankia es una de las entidades que se está preparando a «conciencia» para la entrada en vigor de MiFID II. Alrededor de 5.000 empleados de la entidad se examinaron el pasado mes de julio para obtener la acreditación que les permitirá, a partir del próximo año, informar y asesorar a sus clientes. «Para Bankia la adaptación a MiFID II es prioritaria. El proceso ha sido largo. Lo que en un principio era una camino lleno de incertidumbres, se ha convertido finalmente en toda una oportunidad porque trae deberes, pero también cosas muy buenas. La formación nos va a permitir mejorar el servicio y la relación que tenemos con nuestros clientes», explica Jaime González Lasso, director corporativo de Banca Privada y Gestión de Activos de Bankia. En cuanto al impacto que sobre la entidad tendrá la eliminación de las comisiones, González Lasso lo minimiza. «Aunque Bankia ha optado por un modelo de asesoramiento no independiente (y no podrá hacer retrocesiones), sí percibirá honorarios por un asesoramiento recurrente al cliente, unos incentivos que, nuevamente, se van a aprovechar para mejorar la relación con el mismo y ampliar ese servicio», añade el responsable de Banca Privada y de Gestión de Activos de Bankia.
Más visibilidad
Kais Shehebar, responsable de Riesgos de Fidentiis Gestión, considera que el hecho de que el foco esté centrado en el cobro de incentivos por asesoramiento, supondrá magnífica oportunidad para dar una mayor visibilidad a las gestoras independientes frente al producto tradicional bancario. «En esta línea, nos parecen de gran acierto las últimas medidas adoptadas por la CNMV como la no inclusión del famoso ‘‘cuarto supuesto’’ en el proyecto de trasposición de la directiva europea o, más recientemente, en su Q&A, en el que no se permite el cobro de incentivos en un modelo de distribución en el que se da una integración vertical».
Los expertos también apuntan a los efectos positivo que MiFID II tendrá sobre la inversión. «La nueva normativa introduce dos nuevos criterios (además de los ya previstos) que deben cumplirse para que un instrumento financiero pueda ser considerado como un producto no complejo. De este modo, se permitirá que aumente la confianza de los inversores en los instrumentos financieros, por lo que se espera un impacto favorable en la inversión colectiva a largo plazo que, tradicionalmente, se ha centrado en productos no complejos y sencillos», destaca Ángel Martínez-Aldama, presidente de la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva (Inverco).
En cuanto a si es mejorable, Sarria afirma que «MiFID II no es una meta, es más bien un punto de partida que ha intentado reaccionar de manera ágil ante las situaciones adversas de mercado, pero tiene por delante el reto de girar su vocación a una regulación de tipo prudencial para lograr entre todos los actores difundir las buenas prácticas y la cultura financiera con el propósito de contar con mejores mercados, cada día más eficientes y con inversores minoristas y profesionales cada vez mas cualificados», concluye.
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