El desafío independentista
El ex president, en busca y captura internacional
La juez Carmen Lamela acuerda su ingreso en prisión y libra una orden europea de detención y entrega (OEDE) del ex president y de los cuatro ex consejeros refugiados en Bélgica, a los que imputa cinco delitos: rebelión, sedición, malversación, desobediencia y prevaricación
La juez Carmen Lamela acuerda su ingreso en prisión y libra una orden europea de detención y entrega (OEDE) del ex president y de los cuatro ex consejeros refugiados en Bélgica, a los que imputa cinco delitos: rebelión, sedición, malversación, desobediencia y prevaricación.
Carles Puigdemont está desde ayer en busca y captura. La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela acordó a última hora de la tarde de ayer, tal y como le había pedido la Fiscalía, solicitar a Bélgica –a través de la preceptiva OEDE– la detención e ingreso en prisión del ex presidente de la Generalitat y de los otros cuatro ex consellers fugados –Antonio Comín, Meritxell Serret, Clara Ponsatí y Lluís Puig–, a quienes imputa los delitos de rebelión, sedición, malversación, desobediencia a la autoridad y prevaricación. La magistrada –que ha tramitado la orden de busca y captura a través de Policía, Guardia Civil e Interpol– también rechaza la posibilidad de que declaren por videoconferencia que, recuerda, no está prevista para quienes «residiendo y teniendo su arraigo en España se fuga y se refugia en un Estado miembro para no estar a disposición de los tribunales» de su país. Y es que Lamela considera que Puigdemont y parte de su antiguo Ejecutivo –que al menos hasta el pasado 28 de octubre, recuerda, formaban parte del Govern «y por tanto tenían su domicilio en España»– han viajado a Bélgica «con la única finalidad de eludir las posibles responsabilidades que pudieran tener en España».
En la misma resolución, la juez de la Audiencia Nacional acuerda, tras constatar que Puigdemont está «en paradero desconocido al no haber sido localizado en su domicilio», su prisión provisional «comunicada y sin fianza», es decir, de carácter incondicional (la misma que decretó para todos los ex consejeros, salvo Santi Vila, que comparecieron el pasado jueves a declarar).
En su petición a las autoridades belgas, Lamela desmenuza los indicios delictivos contra Puigdemont, de quien dice que «de común acuerdo» con otras autoridades, funcionarios y entidades públicas y privadas, «unieron sus voluntades» para celebrar un referéndum independentista con el objetivo de conseguir la secesión de Cataluña. En pos de ese objetivo, dice, «promovieron y utilizaron la fuerza intimidatoria y violenta de los sectores independentistas de la población, llamando a la insurrección» y «desafiando» el ordenamiento constitucional y diversas resoluciones del TC.
Sin base normativa
El ex president, sostiene, era plenamente consciente de la «radical falta de competencia» de la comunidad autónoma para convocar un referéndum, «pese a lo que insistió públicamente» en mantener la convocatoria «como primer paso del llamado proceso de desconexión». Aun sabiendo que carecía de toda base normativa, continúa el relato de la juez, siguió adelante «demandando de la población el apoyo y el respaldo» para celebrar el 1-O «e infundiendo» en la población «el rechazo de todo aquello que fuera contrario o se opusiera a esta finalidad así como la oposición frente a quienes defendían la legalidad y el orden constitucional».
Puigdemont promovió, recuerda, «actos, manifestaciones y proclamas abonando en la sociedad la idea de la existencia de un derecho de autodeterminación de Cataluña» que legitimaba cualquier actuación del Govern y el Parlament «al margen de las leyes y en contra de la Constitución»:
Asimismo, la magistrada alerta de la pretensión de anudar a la declaración de independencia el control en exclusiva de los 17.000 mossos, «con el potencial efecto intimidatorio que los mismos representaban».
Al ex president de la Generalitat le reprocha igualmente que impulsara y promoviera desde su cargo las concentraciones «tumultuarias» convocadas para impedir a los agentes llevar a cabo los registros ordenados judicialmente y los «escraches» a Policía y Guardia Civil en Cataluña «en sus lugares de trabajo y descanso».
Igualmente, continúa, Puigdemont «planificó, organizó y financió con fondos públicos la convocatoria y celebración» del referéndum soberanista del pasado 1 de octubre. Hasta el punto de que, recuerda, la Ley de Presupuesto de la Generalitat incluía una orden para que el Govern «habilitara las partidas para garantizar los recursos» para hacer frente a los gastos de la consulta.
Consumó la malversación
Así, hizo posible la realización de pagos por importe de 6,2 millones de euros (que le reclama junto al resto de ex consejeros a modo de fianza de forma solidaria) para llevar a cabo un acto contrario a Derecho y que vulneraba la declaración de inconstitucionalidad acordada por el TC.
«Habiendo preordenado los gastos para la consumación del acto delictivo –hace hincapié– cabe afirmar que los gastos generados han sido deliberadamente» destinados a un fin «radicalmente ajeno a la función pública, desviándose deliberadamente del correcto funcionamiento de la actividad patrimonial de la comunidad autónoma de la que era responsable».
Los hechos imputados, concluye la juez Lamela, ponen «en objetivo peligro» los fundamentos del Estado de Derecho, por cuanto suponen la derogación de la Constitución y la declaración de una parte del territorio nacional. «Al intentar cambiar ilegalmente la organización del Estado –añade– mediante un proceso secesionista que ignora las normas que la propia Constitución establece para su reforma», Puigdemont «impidió la aplicación de las leyes» y de la Carta Magna, impidiendo al mismo tiempo el cumplimiento de las resoluciones judiciales.
La instructora recuerda a las autoridades belgas que al ex presidente y sus ex miembros de su Ejecutivo se les imputa los delitos de rebelión (castigado hasta con 30 años de prisión), y subsidiariamente de sedición (penado con 15 años de cárcel a lo sumo), malversación en su modalidad agravada por exceder la cantidad malversada de 50.000 euros, prevaricación (que acarrea la inhabilitación para cargo público de nueve a 15 años) y desobediencia a la autoridad (en este caso, la pena de inhabilitación es de tres a doce meses).
Respecto a la petición de Puigdemont y los ex consellers de declarar por videoconferencia, la magistrada recuerda que ninguno de los cinco «explica los motivos que le asisten para interesar su declaración por este medio». «Ni siquiera –se queja– señalan su domicilio en Bélgica a fin de poder arbitrar la videoconferencia». En todo caso, hace hincapié en que la celebración de la vistilla para decidir la imposición de medidas cautelares «hace necesaria» su presencia.
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