Audiencia Nacional
La Fiscalía pide la busca y captura de Puigdemont tras su espantada
Lamela cursará hoy las órdenes de detención del ex president y otros cuatro ex consellers refugiados en Bélgica
Lamela cursará hoy las órdenes de detención del ex president y otros cuatro ex consellers refugiados en Bélgica.
La Fiscalía pidió ayer a la magistrada de la Audiencia Nacional Carmen Lamela que ordene la busca y captura del ex president de la Generalitat Carles Puigdemont y de los otros cuatro ex miembros del Govern refugiados en Bélgica –Antoni Comín, Clara Ponsatí, Lluís Puig y Meritxell Serret–, que ayer ignoraron la citación judicial y no acudieron a declarar como investigados a la sede del tribunal. Además, reclama a la juez que curse las oportunas órdenes europeas de detención y entrega (OEDE) a las autoridades belgas, una medida a la que hoy mismo dará su visto bueno Lamela.
El teniente fiscal de la Audiencia, Miguel Ángel Carballo, considera en su escrito que «es un hecho notorio y públicamente conocido su citación para comparecer en el día de hoy», pese a lo cual, constata, «no han comparecido como el resto de los querellados». El Ministerio Público explica que «constan reiterados intentos de entregar la citación en su domicilio, así como reiteradas llamadas telefónicas a las que se ha hecho caso omiso». El ex presidente, además, «ha manifestado públicamente su intención de no comparecer y ha solicitado», al igual que Comín y Serret, declarar por videoconferencia «sin ofrecer dato alguno sobre su paradero actual». Por este motivo, la Fiscalía reclama a la Audiencia Nacional que ordene su «busca y captura y detención de ámbito nacional e internacional».
Por último, y tras recordar que «se encuentran o al menos han viajado a Bélgica, se interesa se practiquen las gestiones necesarias en atención a emitir sendas ordenes europeas de detención dirigidas a las autoridades belgas».
Una vez se libren esas órdenes europeas de detención y entrega (OEDE), si Puigdemont y sus consejeros rebeldes se oponen a la entrega conseguirían permanecer en territorio belga mientras se tramitase su entrega a España, entre 70 y 100 días como máximo, acogiéndose a los plazos legales. Una estrategia procesal que conseguiría dilatar el procedimiento, evitar su ingreso en prisión y ganar tiempo para su actual objetivo político: la internacionalización del proceso soberanista tras la aplicación del artículo 155.
Con esas premisas, Puigdemont eludiría por tanto su puesta a disposición de la Justicia española hasta después de las elecciones del próximo 21-D. A la espera de que se resuelva la entrega, sobre la que debe pronunciarse un tribunal belga, la Ley Orgánica 2/2003, de 14 de marzo (que desarrolla la decisión marco del Consejo europeo que regula las órdenes europeas de detención y entrega, de 13 de junio de 2002) estipula que cuando se haya emitido una euroorden España podrá solicitar, antes de que el país al que se reclama la entrega se haya pronunciado sobre la misma, «bien el traslado temporal a España de la persona reclamada para la práctica de diligencias penales o la celebración de la vista oral, o bien ser autorizada para trasladarse al Estado de ejecución con el fin de tomar declaración a dicha persona». En ese supuesto, a Puigdemont y sus ex consejeros, por tanto, se les podría tomar declaración en España, en cuyo caso regresarían a Bélgica mientras se tramitase la OEDE, o en territorio belga.
Cursada la OEDE instada por la Fiscalía, con vistas a su detención y entrega para «el ejercicio de acciones penales o para la ejecución de una pena o una medida de seguridad privativas de libertad», se pone en marcha el mecanismo regulado por la citada decisión marca, que fue desarrollada en nuestro país por la Ley Orgánica 2/2003 de 14 de marzo.
Una vez detenido por las autoridades belgas en cumplimiento de esa petición de cooperación judicial, el juez o tribunal belga competente al respecto informará al ex presidente de la Generalitat de la existencia de la OEDE, decidiendo sobre su libertad «en cualquier momento», aunque tomando en cualquier caso las medidas oportunas «para evitar la fuga».
Si el ex president accede a su entrega, la decisión definitiva de la Justicia belga debe tomarse «en el plazo de diez días», según el artículo 17 de la decisión marco. Pero si se opusiese, elplazo para pronunciarse se amplía a 60 días e, incluso, puede prolongarse otros 30 informando «inmediatamente» a las autoridades del estado reclamante (España en este caso).
A esos plazos, no obstante, hay que sumarles otros diez días, el periodo máximo establecido para la efectiva entrega una vez adoptada «la decisión definitiva sobre la ejecución de la orden de detención europea». Es decir, en total, la tramitación puede alargarse entre 70 y 100 días.
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