Barcelona
Una condena del Supremo a Homs «arrastraría» a Mas
El Alto Tribunal será el que fije el criterio jurídico respecto al 9-N, tras el juicio a Homs, que comenzará el día 27. La Fiscalía pide una condena de 9 años de inhabilitacion. Si el tribunal acepta sus tesis tendrá que dejar el escaño de forma inmediata
El Alto Tribunal, que juzgará al diputado del PDeCAT el día 27, fijará el criterio jurídico. El ex presidente vería frustradas sus expectativas de volver a ser candidato
El portavoz del actual Partit Demócrata Catalá y ex conseller de Justicia de la Generalitat, Francesc Homs, se sentará en el banquillo de los acusados del Tribunal Supremo a partir del próximo día 27, acusado de los delitos de prevaricación y desobediencia por haber impulsado activamente «los trabajos preparatorios de la convocatoria» del 9-N, por los que se enfrenta a una petición fiscal de nueve años de inhabilitación para cargo público. Los hechos que se les imputan están muy relacionados con los que se siguen en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra el ex presidente de la Generalitat Artur Mas y las ex consejeras Joana Ortega e Irene Rigau.
De hecho, según las fuentes jurídicas consultadas por este periódico, una condena a Homs «arrastraría» a sus tres ex compañeros del Gobierno de la Generalitat respecto a los que se debe pronunciar el TSJ catalán. Y ello porque el Supremo será quien marque la doctrina en estos hechos, prácticamente similares en ambos casos, por lo que su resolución tendrá un efecto «expansivo» y sería el que se aplicara, en última instancia también a los posibles recursos que se pudiesen interponer contra el fallo en lo que afecta a los tres acusados que se juzgan estos días en Barcelona.
El juicio contra Mas, Ortega y Rigau está previsto que termine mañana, con el informe de conclusiones definitivas de las partes; y 17 días después empezará en el Tribunal Supremo el que juzgará a Homs y durará tres días. En buena lógica, la sentencia del TSJ catalán debería emitirse antes que la del Alto Tribunal, por el espacio de tiempo que separa el fin de ambos procesos, 20 días. Sin embargo, si finalmente la decisión del Supremo se produjese antes que la del TSJ catalán, algo que, al menos a priori, no parece muy probable, la sentencia de este último tribunal «debería seguir el mismo criterio», según las fuentes consultadas. En todo caso, esa unificación de criterio, en la hipótesis de que existan discrepancias entre las tesis jurídicas mantenidas por ambos tribunales, vendría de la mano del Supremo con la resolución de los hipotéticos recursos.
En el juicio a Francesc Homs, algunos de los que han declarado en la vista que se sigue en el TSJ de Cataluña volverán a comparecer en el Tribunal Supremo. Son los casos, por ejemplo, del ex vicepresidente del Tribunal Constitucional Carles Viver o del propio Artur Mas, quien, en esta ocasión, sin embargo, en esta ocasión, acudirá como testigo, y, por tanto, con obligación de contestar a todas las partes, lo que no hizo el pasado lunes.
Una diferencia notable entre ambos procesos es la relativa a los efectos que tendría una posible sentencia condenatoria. En el caso de Mas, Ortega y Rigau, si el tribunal acepta la tesis de la Fiscalía y se les impone penas de inhabilitación para ejercer cargos públicos, la misma no se ejecutaría hasta que resolviese el recurso que interpusiesen, o bien optasen por no recurrir. En la tesitura más probable, es decir, del recurso de una posible condena, los tres podrían ocupar cargos públicos o concurrir a unos comicios hasta el fallo del Alto Tribunal. En cambio, una condena a Homs haría que éste tuviese que abandonar el escaño al poco tiempo, ya que las sentencias del Supremo son firmes desde el primer momento, y aunque recurriese al ante el Tribunal Constitucional, tendría pocas opciones de que se suspendiese hasta su resolución.
Respecto a Homs, la Fiscalía sostiene que «no adoptó la suspensión de ninguna de las actuaciones ni actos que se desarrollaban para la celebración de dicha consulta –la del 9-N– que dependían directamente del Departamento de la Presidencia del que era titular, impulsó activamente los trabajos preparatorios de la convocatoria, puso los servicios jurídicos de su Departamento a disposición del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información para ejercer acciones legales ante una eventual suspensión adoptada por empresas privadas, y, en definitiva, potenció, tras haber conocido la Providencia de suspensión dictada por el TC, el desarrollo del denominado “proceso participativo”».
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