Caso Neymar
La Audiencia de Barcelona cree que los clubs cannábicos son «ventajosos»
La sentencia del tribunal asegura que estos centros ayudan a que el consumidor evite el mercado negro
La sentencia del tribunal asegura que estos centros ayudan a que el consumidor evite el mercado negro
La Audiencia de Barcelona ha absuelto al presidente y al vocal de un club cannábico en una sentencia que avala este tipo de entidades de «consumo compartido», por sus «evidentes ventajas» para los socios, ya que no ponen en peligro su salud ni la de terceros y evitan tener que acudir al mercado negro.
En la sentencia, la sección quinta de la Audiencia de Barcelona absuelve al presidente y a un vocal de la asociación cannábica «María de Gracia Club», para quien el fiscal pedía 6 años de cárcel por un delito contra la salud pública y otro por asociación ilícita por vender supuestamente marihuana de forma «indiscriminada». Según la resolución, su actuación no fue delictiva, ya que se limitaban a facilitar un «concierto o acuerdo» para realizar el «consumo compartido o colectivo de forma organizada, con evidentes ventajas para las personas que las llevan a cabo, sin poner en peligro la salud de estas, ni de terceros ajenos».
Dice la sentencia que los consumidores de hachís o marihuana «lo serían igual» aunque no existieran este tipo de clubes, si bien gracias a estas asociaciones no tienen que acudir «al mercado negro o ilícito, con el riesgo que comparta para su seguridad personal y salud por no hallarse controladas las sustancias en dicho mercado». Además, al no acudir al mercado negro, se frustra el lucro y el enriquecimiento de los narcotraficantes y se evita el efecto «criminógeno, no deseado pero real, de toda penalización del consumo de sustancias estupefacientes, reduciendo el riesgo para la salud de los socios, por tratarse de drogas de las denominadas blandas».
Para la Audiencia de Barcelona, estos clubes evitan los excesos en el consumo, al facilitar las sustancias de forma «controlada», y además las administraciones pueden efectuar controles para evitar «cualquier desviación», ya que el consumo se centraliza en los locales.
La sentencia remarca que la actuación de la asociación «María de Gracia Club» no supone un peligro de difusión de marihuana o hachís a terceros, ya que no se dedica al tráfico de drogas, sino que se limita a impulsar la «consumición compartida, no relevante penalmente». Según el tribunal, el «consumo compartido» en el ámbito de este tipo de asociaciones «en principio no sería delictivo» si se cumplen una serie de requisitos.
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