Tribunal Constitucional
El Consejo de Garantías rechaza la reforma del reglamento para la desconexión exprés
JxSí y la CUP dieron luz verde a su propuesta de reforma del reglamento de Parlament para aprobar de forma exprés las llamadas “leyes de ‘desconexión” con el Estado
El Consejo de Garantías Estatutarias ha rechazado por unanimidad la reforma del reglamento del Parlament impulsada por JxSí y CUP para la aprobación exprés de las “leyes de desconexión”, al alertar de que la reforma del procedimiento de lectura única “vulnera” la Constitución y el Estatut.
El Consejo de Garantías Estatutarias ha rechazado hoy por unanimidad la reforma del reglamento del Parlament impulsada por JxSí y CUP para la aprobación exprés de las “leyes de desconexión”, al alertar de que la reforma del procedimiento de lectura única “vulnera” la Constitución y el Estatut.
El pasado 6 de junio, JxSí y la CUP dieron luz verde en comisión a su propuesta de reforma del reglamento de la cámara catalana para aprobar de forma exprés las llamadas “leyes de ‘desconexión” con el Estado y para habilitar el Parlament durante la segunda quincena de agosto, una reforma que la oposición catalana recurrió.
Según el dictamen del CGE -órgano consultivo de la Generalitat, pero no vinculante-, si bien no se detectan “problemas de constitucionalidad” en el hecho de que la lectura única sea propuesta por un solo grupo y no por el conjunto de la Cámara, sí se deja claro que dicha reforma “omite” la exigencia de que la lectura única se limite a casos en que la “simplicidad” de la norma lo permita, por lo que sería “contrario” a Constitución y Estatut.
Así, a modo de pronunciamiento parcial, el CGE admite que “la legitimación para proponer la lectura única por un grupo parlamentario y no por el conjunto de grupos de la cámara es una opción normativa que, con independencia de que pueda ser valorada como más o menos favorecedora de los consensos, no presenta en sí misma problemas jurídicos de constitucionalidad”.
Pero más allá de esta cuestión, sí concluye unánimemente que el apartado 2 del artículo 135 de la propuesta de reforma del Reglamento, referido a los requisitos de la tramitación de las iniciativas legislativas por lectura única, “vulnera la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Cataluña”.
Esta vulneración, indica el Consejo de Garantías, se produce en la medida que “omite” el requisito de “si la naturaleza de la proposición lo aconseja o la simplicidad de la formulación lo permite” referido a proposiciones de ley, lo que es “contrario al marco constitucional y estatutario”.
Para el CGE, la lectura única “no resulta procedente para la tramitación de leyes de contenido sustantivo complejo, no para la innovación significativa en un sector del ordenamiento jurídico o para la reforma estructural del sistema institucional”.
Como tampoco “sería opción demasiado adecuada en casos de elevada sensibilidad social o política de la materia en las cuales se da una evidente falta de consenso mínimo entre las fuerzas parlamentarias”.
“Consideramos que la tramitación en lectura única ha de ser utilizada de forma excepcional, para la aprobación de iniciativas legislativas que no requieran de un extenso proceso deliberativo y de trabajo parlamentario por razón de la escasa relevancia política o social de su objeto o por la poca complejidad técnica de su regulación”, insiste el alto tribunal catalán.
También se detecta vulneración porque “su aplicación exige ineludiblemente el cumplimiento de los requisitos de admisión y de calificación de la Mesa, de publicación de la iniciativa legislativa, de tramitación al Govern en el supuesto de afectaciones presupuestarias y de la apertura subsiguiente del plazo de solicitud de dictamen” al propio Consejo de Garantías.
Otro argumento esgrimido por el este órgano jurídico de la Generalitat es que resulta “conveniente” que, junto al grupo parlamentario promotor de la proposición de ley, también dispongan de “iniciativa” para proponer la lectura única tanto la Mesa como la Junta de Portavoces.
Y para preservar los derechos de los diputados, el Consejo de Garantías considera que sería necesario y “deseable” que el artículo 135 de la propuesta de reforma del Reglamento “prevea explícitamente la facultad de presentar enmiendas y los términos en que se sustanciaría este trámite”, para ofrecer “mejor garantía a los diputados” y “reforzar la posición de las minorías”.
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