Tribunal Constitucional
El TSJC anula el protocolo que obligaba a los funcionarios a hablar en catalán
La sentencia indica que los trabajadores del sector público no tendrán que iniciar las conversaciones en este idioma
La sentencia indica que los trabajadores del sector público no tendrán que iniciar las conversaciones en este idioma.
Una sentencia con fecha del 9 de diciembre de 2015 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) anula en parte dos protocolos del Govern, concretamente el de Usos Lingüísticos para el sector sanitario público, y el de Usos Lingüísticos para la Generalitat y el sector público. El punto más importante del fallo es que se anula la obligación de los funcionarios a hablar en catalán con los ciudadanos, comunicó la entidad probilingüismo Impulso Ciudadano.
La sentencia es firme, ya que la Generalitat no ha recurrido la sentencia. Concretamente, se anula la obligación de utilizar el catalán como lengua de comunicación oral entre el personal de servicio de la Generalitat, así como al dirigirse a los ciudadanos durante su ejercicio profesional. El protocolo ordenaba que los funcionarios utilizaran el catalán en las conversaciones presenciales, y también por teléfono, reuniones de trabajo y demás.
Comunicaciones orales
El fallo también suprime el catalán como lengua de comunicación del personal al servicio del sector público catalán. El protocolo señala que «se tiene que utilizar el catalán en las comunicaciones orales», y que «tanto si la conversación la inicia el usuario como el trabajador, éste la mantendrá en catalán –independientemente de la lengua que use el interlocutor–, salvo que el usuario manifieste dificultades para entender el catalán o pida ser atendido en la otra lengua oficial».
También falla la sentencia que no tendrá lugar la obligación de los empleados públicos de iniciar las conversaciones telefónicas en catalán. Volviendo al protocolo, dispone que «las conversaciones telefónicas siempre se han de iniciar en lengua catalana. En el caso de las llamadas externas, se han de responder con un mensaje de saludo en catalán que identifique la institución. Si el usuario no habla catalán pero lo entiende, se continúa hablando en el mismo idioma, salvo que pida ser atendido en castellano».
Asimismo, la sentencia del TSJC anula la obligación de los ciudadanos de rellenar en catalán la documentación relacionada con la gestión de personal. Es el caso de las intervenciones de los representantes oficiales en público y de la documentación interna y de la historia clínica. Según el Tribunal, el hecho de que normalmente se utilice la lengua catalana no quiere decir que se impida el uso, «también normal», de la lengua castellana. El origen de la sentencia fue una demanda interpuesta por un profesional del Hospital Joan XXIII de Tarragona.
LAS CLAVES
Dos protocolos tiene la Generalitat referentes al uso lingüístico de los empleados públicos, que les obligan a empezar toda conversación con los ciudadanos en catalán. Uno de ellos está dedicado al ámbito sanitario.
La parte anulada por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña es precisamente la que hace referencia al uso obligatorio del catalán por parte de los empleados públicos.
De esta manera, se anula la obligatoriedad de usar el catalán en las comunicaciones orales presenciales o telefónicas entre los funcionarios y la ciudadanía.
El origen del fallo reside en una denuncia de un trabajador del Hospital Joan XXIII de Tarragona. La sentencia es firme y ya no puede ser recurrida.
La asociación impulso ciudadano informó de la sentencia y mostró su satisfacción por el fallo del alto tribunal catalán.
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