Tribunal Supremo
«Están en su derecho de alardear de ser putas», pero no en una capilla
La Fiscalía pide que se confirme la condena a Rita Maestre y dice que es normal estar sin sujetador en la playa, pero no en un templo, ni en el ayuntamiento, «pero eso no lo ha hecho porque respeta esos actos»
La Fiscalía pide que se confirme la condena a Rita Maestre y dice que es normal estar sin sujetador en la playa, pero no en un templo, ni en el ayuntamiento, «pero eso no lo ha hecho porque respeta esos actos»
El «asalto» a la capilla de la Universidad Complutense no fue una «protesta pacífica», se traspasó la línea de lo «admisible en un Estado de Derecho, lo que ocurrió fue «claramente ofensivo para cualquiera, así como la ridiculización del papel de la mujer en la Iglesia, las frases «con rimas pretendidamente ingeniosas, el mostrar el torso desnudo o el sujetador en un espacio que para los católicos es sagrado, el alarde de vivir que implica las expresiones que llevaban pintadas en sus torsos, tales como “violenta, bollera, puta, libre, lesbiana”, supera con mucho la libertad de expresión». Éstos son algunos de los argumentos que esgrime la Fiscalía en su escrito en el que pide que se confirme la condena impuesta a Rita Maestre –una multa de 4.320 euros– por un delito contra los sentimientos religiosos, al considerar que tuvo una participación «activa y consciente» en los hechos, en los cuales, según el Ministerio Público, participó en su preparación «con todas sus compañeras» en la «puesta en escena de lo que allí ocurrió».
En un duro escrito de impugnación al recurso de Maestre, al que ha tenido acceso íntegro LA RAZÓN, la Fiscalía parte de que la sentencia condenatoria no puede tildarse de «ilógica ni arbitraria» y que existió una «prueba directa de tal fuerza y relevancia» que justifica la condena dictada contra la hoy portavoz de Manuela Carmena en el ayuntamiento y dirigente de Ahora Madrid.
Así, en relación con las palabras que llevaban pintadas en sus torsos las mujeres que participaron en ese «asalto», el Ministerio Público no tiene reparo en calificar ese hecho: «Es obvio que las señoritas están en su derecho de alardear de ser putas, libres, bolleras o lo que quieran ser, pero esa conducta realizada en el altar, espacio sagrado para los católicos al encontrarse allí el Sagrario, lugar donde según sus creencias se encuentra su Dios, implica un ánimo evidente de ofender» los sentimientos religiosos de los católicos.
Y es que, para la Fiscalía, «es un ejercicio lamentable que grupos universitarios pretendidamente liberales y progresistas quieran imponer sus ideas y sus pretensiones por la fuerza atacando a quienes no les han atacado. Y es un ejercicio de cinismo pretender amparar esa conducta en el ejercicio de la libertad de expresión».
Sin sujetador, en la playa
En relación con la actitud de algunas mujeres, entre ellas, Rita Maestre, de quedarse en sujetador, algo que en sí mismo no es en ningún caso delito, en el altar, el Ministerio Público también contrapone esa actitud cuando sucede en una capilla o en otros lugares donde se considera más habitual: «En la playa es normal estar sin sujetador para broncearse todo el cuerpo. Pero era un templo, no una playa. En el presente caso, la conducta de la acusada, quedándose en sujetador, traspasa lo que podría ser una falta de protocolo o de saber estar. Esa falta de protocolo y falta de saber estar, sería que se quedase en sujetador en un pleno del ayuntamiento o quedarse en sujetador en una recepción oficial. Pero eso no lo ha hecho, seguramente porque respeta esos actos y lo que representan».
Junto a todo ello, se esgrime que lo sucedido en la capilla no puede tildarse sin más de una «protesta pacífica», cuando tuvo lugar «irrumpiendo en masa, al menos 20 o 30 personas, al frente de las cuales iba la acusada, en un templo católico, cuando el capellán se interpone en la puerta y les indica que no pueden pasar, y empujan al mismo» para acceder.
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