José Luis Requero
La larga investidura
El próximo 2 de marzo tendrá lugar el Pleno de investidura en el Congreso de los Diputados, dos meses y once días desde las elecciones generales y un mes y diecisiete días desde que el Rey Felipe VI inició la ronda de consultas para proponer un candidato a la presidencia del Gobierno. Ahora todo son cábalas y hoy por hoy se ignora si en esa semana habrá ya presidente y seguidamente gobierno o si se abrirán las previsiones de la Constitución que podrían desembocar en unas nuevas elecciones allá por el mes de junio, tal y como intuye el presidente del Gobierno en funciones.
Estar en funciones, la interinidad no es agradable aunque esté garantizado el funcionamiento ordinario de la vida gubernativa. Qué no puede hacerse en este tiempo puede consultarse el artículo 21.3 y 4 de la Ley del Gobierno de 1997, precepto que fue una reacción frente a ciertos excesos del ultimo gobierno en funciones socialista de la era de Felipe González.
El proceso de investidura es la realidad de nuestro sistema de democracia parlamentaria: el presidente del Gobierno –e indirectamente su Gobierno surgen del Congreso. La exigencia de obtener mayoría absoluta en una primera votación fomenta la formación de gobiernos fuertes, algo que se diluye si luego basta una mayoría simple porque, en efecto, de no obtenerse esa mayoría absoluta, bastaría la simple, algo que no ha ocurrido –que yo recuerde– más que en la investidura de Calvo Sotelo: fue en esa segunda votación cuando entró Tejero en el Congreso.
Como digo, si el candidato a presidente del Gobierno tampoco es investido con mayoría simple, se podría volver a empezar: el Rey abriría una nueva ronda de consultas y se tramitarían sucesivas propuestas. Lo lógico sería con otro u otros candidatos, pues si el primero no ha logrado la confianza, no debería insistir en él. Sin embargo, jurídicamente nada impide que repita el intento pero ya con otras alianzas. Finalmente, si en dos meses desde el 3 de marzo ningún candidato resulta investido el Rey –no el presidente en funciones– disuelverá las Cortes Generales y convocará nuevas elecciones.
Debe destacarse que la investidura se juega en el Congreso de los Diputados, pero el fracaso arrastra también al Senado, no ejerza competencia alguna en la investidura, lo que en su día fue objeto de critica: si la Cámara alta no interviene, no debería disolverse si el candidato o candidatos a la presidencia no son investidos y se acaba disolviendo el Congreso.
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