Lotería de Navidad
Cuando el Gordo se sienta en los tribunales
Las disputas más habituales con los premios de la lotería se producen tras compartir décimos o en los casos en los que las parejas de hecho se separan. El Tribunal Supremo resuelve en diez años
Las disputas más habituales con los premios de la lotería se producen tras compartir décimos o en los casos en los que las parejas de hecho se separan. El Tribunal Supremo resuelve en diez años
Hoy no hay excusas: basta con guardar un simple mensaje de WhatsApp con una foto del décimo para evitar que el Gordo no se nos indigeste. Puede sonar violento, pero en un país en el que uno de cada cuatro españoles comparte lotería parece un pacto necesario para evitar problemas. El Gordo de Navidad y otros sorteos han dado pie a disputas que se han prolongado en los juzgados durante diez años hasta que el Tribunal Supremo ha dictado sentencia. Como recuerda Sara García, abogada de Legálitas, los afectados incluso «solicitaron el bloqueo del cobro». El Supremo necesita dos sentencias en la misma dirección para sentar jurisprudencia, pero algunas de sus decisiones han mostrado la línea a seguir a los juzgados.
Las papeletas con participaciones han sido fuente de conflicto. Ocurrió en 1992. El Gordo cayó en un modesto equipo de baloncesto de Barcelona. El club había entregado participaciones a sus jugadores para que las vendieran. Estableció una fecha límite para devolver las no vendidas. Sin embargo, uno de los jugadores no las devolvió. Tras saber que había tocado, fue a pagar esas 11 participaciones para que el club le abonara el premio: 53.000 euros (8,8 millones de pesetas). El equipo se negó, al entender que era fuera de plazo. El jugador denunció al club por apropiación indebida y comenzó una batalla que pasó por varias instancias. El Supremo, ya en 2007, se decantó por el jugador. ¿El motivo? De no haber resultado el número ganador, el club podría haber exigido el dinero de las papeletas; por tanto, el hecho de haber resultado agraciados con el Gordo no cambiaba la situación: las papeletas tenían que ser pagadas por el jugador y el premio, otorgado.
Separaciones y divorcios
Las separaciones y divorcios también son conflictivos. Si no hay separación de bienes, los matrimonios se producen en régimen de gananciales y el premio es compartido. Mientras, en un divorcio ya consumado hay una separación total de patrimonios, por lo que el premio sería para aquel que lo ha comprado. El problema viene cuando hay una separación no del todo consumada. O cuando la pareja lo es de hecho. En 2002, en Madrid, María Rosario, pareja de hecho de Silvio, fue agraciada con un premio de la ONCE tras compartir un décimo con su madre. Fueron unos 36.000 euros y ella se quedó con 18.000. Ingresó el dinero en una cuenta privada. Y tras separarse poco después de Silvio, éste le exigió la mitad del premio porque le había tocado durante el tiempo que convivieron. Nueve años después, el Supremo dio la razón a María Rosario. «El demandante entendía que se tenían que cumplir las mismas reglas que en un matrimonio, y que el premio es ganancial. El Supremo dice que no sucede así en una pareja de hecho, y que sólo a través de un pacto entre ambos, por el que pudieran haber formado una comunidad de bienes, él tendría razón. Pero el Tribunal no ve demostrado que dicho pacto existiera», explica Sara García.
Pero las disputas más habituales se producen tras compartir décimo. Este caso sucedió en 2003 y afectó a una peña de veinte trabajadores de una empresa de Ripollet (Barcelona). Durante años, jugaban todos los viernes a 20 cupones del mismo número de la ONCE, con series consecutivas. Ismael los compraba y los repartía entre todos. El número tocó, pero su compañero Cosme tenía en su poder el décimo con la serie extraordinaria. «Nos ha tocado el cupón, y a mí el cuponazo», dijo. No estaba dispuesto a compartir seis millones de euros. Cosme fue denunciado y el juzgado ordenó la retención del pago. Cuatro años después, el Supremo ratificó que tenía que repartir el premio y que estaba condenado a dos años de prisión por apropiación indebida. ¿La prueba? «El Tribunal escuchó las afirmaciones de los testigos, no sólo miembros de la peña, sino de otros no perjudicados. Y lo que dice es que, si no hubiera existido un pacto para repartir el premio, la propia existencia de la peña no tendría sentido», afirman en Legálitas.
Cobro de premios
Por último, cuidado a la hora de cobrar el premio. El abogado Joaquín Moeckel explica un caso en el que a tres amigos de Sevilla que jugaban todas las semanas a la Lotería Nacional les tocó un premio de unos 130.000 euros en 2012. Sin embargo, el que se presentó a la entidad bancaria a cobrarlo se equivocó: sólo dio su nombre, lo ingresó en su cuenta, y le dio cheques a los otros dos por valor de 42.000 euros cada uno. «¿Cómo justifico yo ante Hacienda este dinero?», dijo uno de sus amigos. El error se subsanó, y en un proceso rápido, el que había cobrado reconoció su error. Esta vez, al menos, no hubo mala fe.
2.240 millones de euros en el bombo
El Sorteo de Navidad repartirá hoy 2.240 millones en premios y los agraciados con el «Gordo» recibirán 400.000 euros al décimo, con 640 millones a repartir con este premio principal. En total, se han difundido 160 series de 100.000 billetes cada una, con una emisión que asciende a 3.200 millones de euros, de los cuales el 70 por ciento se destina a premios. El segundo premio ascenderá a 1,25 millones y el tercero es de 500.000 euros. Además, como el año pasado, habrá dos cuartos premios de 200.000 euros y ocho quintos de 60.000 euros. En concreto, por cada euro jugado, los acertantes del primer premio se llevarán 20.000 euros; los del segundo, 6.250 euros; los del tercero, 2.500 euros; los de los cuartos, 1.000 euros; y los de los quintos, 300 euros.
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