Jerez de la Frontera
Indemnizan a un hombre por el grave retraso de la Justicia en resolver la custodia de su hijo
Su mujer se llevó al niño a 500 kilómetros de él sin su consentimiento y el juzgado tardó seis meses en tomar cartas en el asunto
Su mujer se llevó al niño a 500 kilómetros de él sin su consentimiento. Seis meses tardó la Justicia en tomar cartas en el asunto y ahora será indemnizado por ello.
Seis meses de calvario... y alguno más, sin poder hacer nada. Andrés (nombre ficticio) se vio privado de su hijo e indefenso ante la ineficacia de un juzgado de Ocaña. La historia es sencilla. La que hasta ese momento era su mujer decide llevarse al hijo de ambos a Jerez de la Frontera, «sin su consentimiento». De inmediato, Andrés acude a este juzgado para interponer una demanda de divorcio en la que urgía la adopción de medidas provisionales. O lo que es lo mismo, se instaba a que el niño regresase al domicilio familiar.
No recibe respuesta. Pasan los meses y lejos de obtener una solución se ve inmerso en un juicio por violencia de género. Ante la desidia del juzgado de Ocaña, en Toledo, la madre decide interponer una denuncia por maltrato ante el Juzgado de Violencia contra la Mujer de Jerez de la Frontera. Por supuesto, como establece la ley, se le aplica el protocolo previsto y se le impone un régimen de visitas. O lo que es lo mismo, 1.000 kilómetros (entre ida y vuelta), hotel y grandes medidas restrictivas para ver a su hijo.
Según relata su abogado, su cliente «se ha visto privado de su hijo físicamente», por no hablar de las veces que de forma «unilateral» la madre le ha impedido mantener contacto alguno con el niño. Así, a la espera de que se produjese el auto de medidas provisionales, Andrés cumplió a rajatabla con lo establecido para poder estar con su hijo.
La vista por la denuncia de violencia de género se celebra y «es absuelto con todos los pronunciamientos favorables». Sin embargo, el juzgado de Ocaña, que es quien tiene en su mano cambiar toda esta terrible situación, sigue sin señalar fecha para el juicio por divorcio, por lo que el menor sigue viviendo con su madre.
. Tienen que pasar seis meses para que el juzgado actúe. Pero ya es tarde. Nadie va a reparar el calvario sufrido por este hombre y su hijo. Así, según explica su abogado, decidieron tomar cartas en el asunto y reclamar «una indemnización por los daños y perjuicios originados por las dilaciones indebidas».
Y esta vez la respuesta ha sido contundente. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha dictado que, efectivamente, «se ha producido un retraso en la tramitación que no resulta justificado». Y añade que la tardanza de seis meses «excede claramente los márgenes ordinarios de duración de este tipo de trámite». En consecuencia, califica este retraso como «un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia».
Pero lejos de quedarse ahí, el CGPJ incide en que los intereses arriesgados por Andrés en el procedimiento de divorcio, en concreto el restablecimiento de contacto con su hijo, tienen «especial relevancia» y deberían haber recibido una rápida respuesta judicial. De hecho, cuando el juzgado de Ocaña por fin decidió actuar tardó sólo un mes en dictar sentencia.
✕
Accede a tu cuenta para comentar